Tras más de diez años de trayectoria sólida en una multinacional, nuestro cliente decidió dar un giro a su carrera y apostar por su propio proyecto empresarial. Para financiar esta transición, optó por capitalizar el pago único de su prestación por desempleo (correspondiente a 24 meses) y complementar la inversión necesaria mediante un préstamo bancario.
La inversión inicial se destinó estratégicamente al alquiler de un local, la adquisición de equipamiento técnico, los gastos de constitución y la financiación del circulante necesario para los primeros meses de operación.
Camino hacia la Insolvencia Sobrevenida
A pesar de una dedicación absoluta durante más de cinco años, diversos factores externos impidieron que la actividad alcanzara el punto de equilibrio. El incremento desmedido de los costes operativos, la presión de la competencia y una facturación insuficiente generaron un efecto dominó de obligaciones impagadas.
Cuando el cliente acudió a Losada López-Rúa Abogados, la situación era crítica. La deuda se diversificaba en varios frentes:
- Proveedores de suministros y mercancías.
- Entidad bancaria (préstamo inicial).
- Financiera del vehículo afecto a la actividad.
- Arrendador del local comercial.
La Estrategia Legal: Requisitos y Buena Fe
Ante la imposibilidad objetiva de cumplir con sus compromisos financieros, el cliente buscó una salida legal. Tras un análisis exhaustivo de su situación patrimonial, nuestro equipo legal confirmó que cumplía estrictamente con los requisitos de buena fe que exige la Ley de Segunda Oportunidad:
- Estado de insolvencia actual: Incapacidad de pagar las deudas con los ingresos presentes.
- Limpieza de antecedentes: Ausencia de delitos socioeconómicos en los últimos diez años.
- Conducta diligente: Inexistencia de dolo o culpa grave en la generación del endeudamiento.
- Cumplimiento público: Inexistencia de sanciones graves con la AEAT o la Seguridad Social.
Trámite ante el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona
Iniciamos el procedimiento presentando la solicitud de concurso de persona física con petición de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona.
Durante el proceso, nuestro despacho se encargó de la gestión con los acreedores y la representación judicial, asegurando que el expediente avanzara sin incidencias. La transparencia del caso permitió que no hubiera oposiciones relevantes, facilitando una resolución ágil.
La Resolución: Exoneración Total de las Deudas
En un plazo récord de aproximadamente cuatro meses desde la presentación de la demanda, el Juzgado dictó el auto de concesión de la exoneración. Este documento legal supuso la liberación total y definitiva de todas las deudas que asfixiaban al cliente.
«La Ley de Segunda Oportunidad no es solo un mecanismo jurídico; es un derecho social que permite rescatar el capital humano y el talento emprendedor tras un bache económico.»
Un Nuevo Comienzo: Vida sin Cargas Financieras
Gracias a esta resolución, nuestro cliente ha podido cerrar definitivamente una etapa marcada por el estrés financiero y el fracaso empresarial. Hoy, puede volver a integrarse en el mercado laboral y personal sin el temor a embargos perpetuos o llamadas de recobro.
Este caso es un claro ejemplo de cómo un abogado de ley de segunda oportunidad en Barcelona puede transformar una situación de quiebra en una oportunidad real de reinicio vital y económico.






